ICA SANTIAGO ACOGE NUESTRO RECURSO DE PROTECCION Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCION QUE RESPECTO DE UNA FUNCIONARIA DEL MOP, DISPUSO EL TÉRMINO ANTICIPADO DE SU CONTRATA.
“… El acto impugnado no cumple con la debida, justa y racional motivación que justificaría los fundamentos fácticos del porqué los servicios de la actora son innecesarios, así como tampoco se acompañó algún antecedente que permitiera justificar los motivos fundantes de la desvinculación, lo que torna en arbitraria la decisión de poner término anticipado a la contrata de la recurrente.”